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Una decisión buena... pero tardía y compleja en ejecución
SUP-RAP-21/2021
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Tema(s):
LGBTQ+, Indígenas, Migrantes, Paridad, Cuotas, Medidas afirmativas
Autor(es/as):
Karolina Gilas

La sentencia SUP-RAP-21/2021 emitida por la Sala Superior del TEPJF garantiza la aplicación de medidas afirmativas para que personas en condiciones de vulnerabilidad puedan acceder a diputaciones vía fórmulas preestablecidas.

Análisis:

Este miércoles 24 de febrero de 2021 la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder

Judicial de la Federación (TEPJF) emitió una de las sentencias más importantes de este proceso electoral y que tendrán, sin duda un impacto duradero en la protección de los derechos de la ciudadanía.

Varios partidos políticos —Acción Nacional, del Trabajo y Verde Ecologista de México—, así como la ciudadanía, impugnaron el Acuerdo General INE/CG572/2020, mediante el cual, y en el cumplimiento de una sentencia previa, el Consejo General del Instituto

Nacional Electoral (INE) adoptó medidas afirmativas encaminadas a garantizar la representación política de las personas indígenas, con discapacidad y de diversidad sexual y de género.

La Sala Superior desestimó todos los argumentos expuestos por los partidos políticos, quienes sostenían que los lineamientos fueron emitidos a destiempo, en una etapa ya avanzada del proceso electoral, que incluía un número muy alto de escaños reservados para los grupos subrepresentados, y que afectaban sus derechos a la autodeterminación y auto organización. Con ello, el TEPJF mantuvo en pie todas las medidas afirmativas adoptadas por el INE y que, sin duda, tendrán un impacto positivo sobre la inclusión de las personas históricamente excluidas del ejercicio de la política.

El único agravio al que la Sala Superior reconoció como fundado fue el presentado por la ciudadanía. Las personas mexicanas residentes en el extranjero argumentaron que el acuerdo del INE afectaba sus derechos político-electorales al no adoptar una medida específica dirigida a garantizar su representación política.

En el acuerdo, el Consejo General del INE reconoció a la comunidad migrante como uno de los grupos discriminados y excluidos de la representación política, y con quienes el Estado mexicano tiene una importante deuda. Al mismo tiempo, señaló que no es viable avanzar en el reconocimiento de su derecho al sufragio pasivo (ser votados), pues para ello se requiere ajustar el diseño constitucional y legal, para armonizar los requisitos de elegibilidad, las reglas de precampaña y campaña, el uso de recursos, el financiamiento, la fiscalización, entre otras cuestiones.

La Sala Superior no compartió ese razonamiento, pues consideró que las instituciones del Estado mexicano tienen la obligación de ampliar el ejercicio efectivo de los derechos de todas las personas. En este sentido, ante la ausencia de una norma constitucional expresa que impidiera el ejercicio del derecho a ser votado por las personas mexicanas residentes en el extranjero, determinó que, incluso bajo el marco legal vigente, es viable que este derecho sea garantizado. La sentencia ordenó al Consejo General del INE modificar el acuerdo, para incorporar las medidas que garanticen la postulación de las candidaturas de las personas mexicanas residentes en el extranjero.

La decisión tomada por la Sala Superior es importante y es adecuada, al hacerle justicia a los 12.3 millones de mexicanas y mexicanos que viven fuera del territorio nacional.

Como todas las decisiones que amplían los derechos de la ciudadanía, es una sentencia que debe ser reconocida y celebrada como un avance en la construcción de una sociedad más igualitaria y una representación política más justa.

Al mismo tiempo, hay que reconocer que el reconocimiento de las candidaturas migrantes a menos de un mes del registro de candidaturas (se llevará a cabo entre 22 y 29 de marzo) presenta importantes desafíos para la autoridad y para los partidos políticos. Los partidos ya han tomado ciertas decisiones y empezado los procesos de definición de sus candidaturas, que ahora deberán revisar y reajustar. Para el INE, la aprobación de las medidas no será nada sencillo. Bajo la legislación actual, tan detallada y que prohíbe tajantemente el desarrollo de las campañas desde el extranjero, se antoja compleja la determinación de las reglas para las candidaturas de las personas migrantes, en especial con tan poco tiempo frente al inicio de las campañas.

El avance es, sin duda, importante, y otra vez llega “a golpe de sentencia”. Ojalá el

Congreso de la Unión realice los ajustes pertinentes antes de las elecciones generales de 2024 para incorporar, además de las reglas para la paridad, las medidas necesarias para alcanzar una representación más incluyente y justa.

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Una decisión buena... pero tardía y compleja en ejecución
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