Gamariel Mendo… (no verificado)
Tema(s):
Democracia, TEPJF, Elecciones, Derechos Humanos, Personas en Prisión Preventiva
Enuncia los derechos político-electorales que no se garantizaron por parte del Instituto Nacional Electoral y explica las razones.
De acuerdo con la lectura, considero que los derechos político-electorales que no se garantizaron a esta población importante, es el derecho hacer votado y que al ser una prueba piloto únicamente se circunscribió al ámbito federal y a 5 centros de readaptación social, dentro de estos a 1 del ámbito femenil, lo que no permitió que todas y todos los ciudadanos que se encuentran en prisión preventiva estuvieran en condiciones de participar en este ejercicio democrático, por lo que será un gran reto para el Proceso Electoral 2020-2021, el hecho se que este sea incluyente.
De la lectura del caso, consideras que, ¿es un derecho humano la presunción de inocencia?
Por supuesto que sí, toda vez que la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos considera, que además de ser un derecho humano es un derecho político electoral, y garantiza a la ciudadanía ejercerlos en tanto no se dé una sentencia que lo suspenda.
Desde tu perspectiva como persona miembro del Servicio Profesional Electoral Nacional, ¿cuáles son los principales retos institucionales para el siguiente proceso electoral?
Lograr que todas y todos los ciudadanos que se encuentren en prisión preventiva, puedan acceder al ejercicio al derecho al voto y que sea incluyente, para lo cual es necesario llevar a cabo una amplia campaña de difusión focalizada a esta población, que las personas que se encuentran en prisión preventiva puedan conocer con toda anticipación cuales o cual será la modalidad de participación, que se lleve a cabo una campaña de credencialización, a fin de que estas personas tengan actualizadas sus credenciales, ya que muchas veces por la situación en la que se encuentran no tienen la posibilidad de actualizar su credencial, a efecto de garantizarles a esta población el derecho al voto.
De acuerdo con la lectura, considero que los derechos político-electorales que no se garantizaron a esta población importante, es el derecho hacer votado y que al ser una prueba piloto únicamente se circunscribió al ámbito federal y a 5 centros de readaptación social, dentro de estos a 1 del ámbito femenil, lo que no permitió que todas y todos los ciudadanos que se encuentran en prisión preventiva estuvieran en condiciones de participar en este ejercicio democrático, por lo que será un gran reto para el Proceso Electoral 2020-2021, el hecho se que este sea incluyente.
De la lectura del caso, consideras que, ¿es un derecho humano la presunción de inocencia?
Por supuesto que sí, toda vez que la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos considera, que además de ser un derecho humano es un derecho político electoral, y garantiza a la ciudadanía ejercerlos en tanto no se dé una sentencia que lo suspenda.
Desde tu perspectiva como persona miembro del Servicio Profesional Electoral Nacional, ¿cuáles son los principales retos institucionales para el siguiente proceso electoral?
Lograr que todas y todos los ciudadanos que se encuentren en prisión preventiva, puedan acceder al ejercicio al derecho al voto y que sea incluyente, para lo cual es necesario llevar a cabo una amplia campaña de difusión focalizada a esta población, que las personas que se encuentran en prisión preventiva puedan conocer con toda anticipación cuales o cual será la modalidad de participación, que se lleve a cabo una campaña de credencialización, a fin de que estas personas tengan actualizadas sus credenciales, ya que muchas veces por la situación en la que se encuentran no tienen la posibilidad de actualizar su credencial, a efecto de garantizarles a esta población el derecho al voto.
Adriana Cadena… (no verificado)
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Democracia, TEPJF, Elecciones, Derechos Humanos, Personas en Prisión Preventiva
Con base en la narración de que se trata, considero que los derechos político-electorales de las personas en prisión preventiva que no se garantizaron por parte del Instituto Nacional Electoral fueron el derecho a ser votados, el de asociación política y, en consecuencia, el derecho a la libertad de expresión. Creo que las razones por las cuales no se garantizaron los derechos mencionados, son debido a que el "Modelo de Operación del Voto de las Personas en Prisión Preventiva", es apenas un programa piloto, por lo que deberá sacarse el mayor provecho de los resultados de la aplicación de este en el pasado Proceso Electoral de 2021 (localizar áreas de oportunidad y generar mecanismos que permitan la protección de todos los derechos político-electorales de las personas en prisión preventiva).
¿La presunción de inocencia es un derecho humano? Considero que la presunción de inocencia sí es un derecho humano, con cuyo respeto se garantiza la protección de la ciudadanía de los posibles abusos de autoridad y de la correcta aplicación de la justicia.
Desde mi perspectiva como persona miembro del Servicio Profesional Electoral Nacional, los principales retos institucionales para el siguiente proceso electoral consistirán, principalmente, en aumentar la participación de la ciudadanía en prisión preventiva y garantizar el acceso a la información necesaria para que dichas personas puedan ejercer, por lo menos, el derecho al voto de la mejor manera posible.
¿La presunción de inocencia es un derecho humano? Considero que la presunción de inocencia sí es un derecho humano, con cuyo respeto se garantiza la protección de la ciudadanía de los posibles abusos de autoridad y de la correcta aplicación de la justicia.
Desde mi perspectiva como persona miembro del Servicio Profesional Electoral Nacional, los principales retos institucionales para el siguiente proceso electoral consistirán, principalmente, en aumentar la participación de la ciudadanía en prisión preventiva y garantizar el acceso a la información necesaria para que dichas personas puedan ejercer, por lo menos, el derecho al voto de la mejor manera posible.
Gerardo Zamora Pérez (no verificado)
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Democracia, TEPJF, Elecciones, Derechos Humanos, Personas en Prisión Preventiva
Como resultado del análisis de la publicación del "Voto en prisión preventiva es una realidad… al menos en una prueba piloto de 2021", aprobado mediante el acuerdo número INE/CG151/2021 del Consejo General del INE; se visualiza como un gran reto institucional para su implementación en el Proceso Electoral Federal 2024. Y es que el Instituto debe garantizar la protección de este derecho establecido en el artículo 20 apartado B) inciso I) de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Hugo López Tlapale (no verificado)
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Democracia, TEPJF, Elecciones, Derechos Humanos, Personas en Prisión Preventiva
Derivado de la sentencia del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, en que se ordena al INE dentro del ámbito de su competencia, que para el año 2024 deberá adoptar las medidas necesarias para que puedan votar las personas que se encuentren en prisión preventiva. Esto representó salvaguardar al máximo los derechos político electorales de los ciudadanos, es un acto jurídico de enorme importancia, por que se garantiza el derecho a votar a estos ciudadanos al amparo de la presunción de inocencia. Ante esto, realizo una prueba piloto en el año 2021, en 5 centros de reclusión federal. El reto será para el año 2024, dado el numero considerable de población en reclusorios federales y locales que tienen prisión preventiva. La logística operativa sera enorme en materia de capacitación electoral, de organización electoral y en materia registral. Esta modalidad, también mostrará una realidad de lo que pasa en el Sistema de Justicia Penal del País, una población enorme de ciudadanos recluidos con prisión preventiva, ciudadanos sin sentencia definitiva y teniendo años de reclusión.
Julio Cesar Fe… (no verificado)
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Democracia, TEPJF, Elecciones, Derechos Humanos, Personas en Prisión Preventiva
Considero necesario contar con más información sobre los aspectos técnicos y el análisis realizado por el instituto para formar o emitir una más completa opinión, ya que de lo contrario queda a especulaciones del porqué se realizó así la prueba piloto.
Ariel Villegas… (no verificado)
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Democracia, TEPJF, Elecciones, Derechos Humanos, Personas en Prisión Preventiva
En el voto de los Ciudadanos en prisión me parece que no se garantizan en su totalidad los derechos políticos, en México, el derecho electoral se regula desde la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM): el artículo 35 reconoce los derechos fundamentales de los ciudadanos mexicanos, tales como el derecho a votar, ser votado y de asociación. Por lo tanto no se han garantizado en su totalidad los derechos políticos de los ciudadanos que se encuentran en Prisión, como es ser votado y estar en asociación.
La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) sostuvo que las personas sujetas a prisión preventiva (sea justificada u oficiosa) tienen derecho a ejercer el voto activo, al estar amparadas por el principio de presunción de inocencia, por lo tanto como se marca en el articulo 13 de la CPEUM, el cual de manera particular es un derecho humano.
Me parece que algunos retos institucionales para el INE en el siguiente proceso electoral, es el de desarrollar e implementar un procedimiento para que todas las personas que se encuentran en estos supuestos puedan votar, puedan ser votados como candidatos a algún puesto de elección popular y en su caso al de asociarse libremente. El INE debe de realizar trabajos extraordinarios para poder cumplir con los derechos políticos en su totalidad de los ciudadanos en prisión.
La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) sostuvo que las personas sujetas a prisión preventiva (sea justificada u oficiosa) tienen derecho a ejercer el voto activo, al estar amparadas por el principio de presunción de inocencia, por lo tanto como se marca en el articulo 13 de la CPEUM, el cual de manera particular es un derecho humano.
Me parece que algunos retos institucionales para el INE en el siguiente proceso electoral, es el de desarrollar e implementar un procedimiento para que todas las personas que se encuentran en estos supuestos puedan votar, puedan ser votados como candidatos a algún puesto de elección popular y en su caso al de asociarse libremente. El INE debe de realizar trabajos extraordinarios para poder cumplir con los derechos políticos en su totalidad de los ciudadanos en prisión.
Claudio Raúl M… (no verificado)
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Democracia, TEPJF, Elecciones, Derechos Humanos, Personas en Prisión Preventiva
Los tratados internacionales de los que México es firmante establecen el derecho a votar y ser votado , al voto libre y secreto yla presunción de inocencia de los ciudadanos/as mientras no se demuestre lo contrario, sin embargo, el hecho de caer en prisión aunque no estes jusgados se quitaba en automativo el derecho a votar o ser votado; La CPEUM en el articulo otorga en el articulo 1 la protección de los derechos humanos por igual a todos los ciudadanos/as y en el art. 14 se menciona el derecho de la presunción de inocencia. Sin embargo, las personas en prisión que no se ha demostratado su culpabilidad en algún delito, el INE acordo la elección de 2021 el que pudisesen votar a manera de prueba piloto un grupo de presidiarios no sentenciados; se aparobo una lista nominal y casillas en algunas prisiones.
Claudio Raúl M… (no verificado)
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Democracia, TEPJF, Elecciones, Derechos Humanos, Personas en Prisión Preventiva
Los tratados internacionales de los que México es firmante establecen el derecho a votar y ser votado , al voto libre y secreto yla presunción de inocencia de los ciudadanos/as mientras no se demuestre lo contrario, sin embargo, el hecho de caer en prisión aunque no estes jusgados se quitaba en automativo el derecho a votar o ser votado; La CPEUM en el articulo otorga en el articulo 1 la protección de los derechos humanos por igual a todos los ciudadanos/as y en el art. 14 se menciona el derecho de la presunción de inocencia. Sin embargo, las personas en prisión que no se ha demostratado su culpabilidad en algún delito, el INE acordo la elección de 2021 el que pudisesen votar a manera de prueba piloto un grupo de presidiarios no sentenciados; se aparobo una lista nominal y casillas en algunas prisiones.
Claudio Raúl M… (no verificado)
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Democracia, TEPJF, Elecciones, Derechos Humanos, Personas en Prisión Preventiva
Los tratados internacionales de los que México es firmante establecen el derecho a votar y ser votado , al voto libre y secreto yla presunción de inocencia de los ciudadanos/as mientras no se demuestre lo contrario, sin embargo, el hecho de caer en prisión aunque no estes jusgados se quitaba en automativo el derecho a votar o ser votado; La CPEUM en el articulo otorga en el articulo 1 la protección de los derechos humanos por igual a todos los ciudadanos/as y en el art. 14 se menciona el derecho de la presunción de inocencia. Sin embargo, las personas en prisión que no se ha demostratado su culpabilidad en algún delito, el INE acordo la elección de 2021 el que pudisesen votar a manera de prueba piloto un grupo de presidiarios no sentenciados; se aparobo una lista nominal y casillas en algunas prisiones.
Jesús Evaristo… (no verificado)
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Democracia, TEPJF, Elecciones, Derechos Humanos, Personas en Prisión Preventiva
La progresividad de los derechos humanos podemos dividirla en dos partes: es gradual y tiende a mejorar. Un buen ejemplo es el voto de las personas en prisión preventiva. Es gradual porque ya se realizó una prueba piloto en la que ejercieron su derecho al sufragio un número parcial de las personas que tienen derecho a ejercerlo; el Instituto continuará realizando programas de prueba cada vez más amplios hasta lograr la meta de que en 2024 voten todas las personas en esta condición. Tiende a mejorar porque no hay marcha atrás, si anteriormente se consideraba que las personas en prisión preventiva no tenían derecho al voto. el propósito es que en las elecciones de 2024 se haga extensivo a todas las personas, que estando privadas de su libertad, no hayan recibido sentencia condenatoria por un juez. No obstante, este derecho al voto debe acompañarse de medidas que permitan a las personas en prisión preventiva. desde por tramitar su documento de identidad hasta conocer las ofertas políticas de los partidos políticos y candidatos para ejercer un voto razonado.