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Gaspar Cervant… (no verificado)
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Democracia, TEPJF, Elecciones, Derechos Humanos, Personas en Prisión Preventiva
Sin duda una problemática que se vive en México es el abuso de la prisión preventiva, porque en estricto sentido se presume culpable a aquella persona a quien se le aplica la prisión preventiva, se le está sometiendo a la privación de la libertad sin tener una sentencia que así lo amerite.
No obstante, la sentencia del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación ordena al Instituto Nacional Electoral garantizar el voto de las personas en prisión preventiva, y en ello debe trabajarse para el diseño adecuado del modelo que permita la garantía del voto a ese sector de la ciudadanía, más allá de que en el ejercicio o prueba piloto que se comenta haya participado menos de la mitad de posibles votantes, el INE tiene la obligación de garantizar a toda la población en prisión preventiva, bajo la presunción de inocencia, el ejercicio del voto.
No se advierte, sin embargo, la forma en que la ciudadanía en prisión preventiva pueda adquirir la Credencial para Votar en caso de no contar con ella o que, como el caso referido, haya perdido su vigencia, lo que implica que el INE no sólo debe garantizar el ejercicio del voto con colocar una casilla al interior del centro penitenciario, sino que deberá acercar un Módulo de atención para que se adquiera el instrumento que, por definición, permite el ejercicio del voto, la Credencial para Votar.
Vale apuntar que el Tribunal Electoral Federal ha garantizado el ejercicio del voto incluso a personas con sentencia, que han recibido algún beneficio legal, tienen entonces una mayor justificación en este caso que no se ha declarado la culpabilidad de alguien que se encuentra en reclusión preventiva.

Saludos
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Democracia, TEPJF, Elecciones, Derechos Humanos, Personas en Prisión Preventiva
El análisis completo es el mismo que se muestra en esta página, únicamente cambia el formato a pdf pero no aporta ninguna información adicional.
Del mismo modo, el enlace a la sentencia refiere en realidad al acuerdo del INE y no a la sentencia de la sala superior. Sugiero que se actualice al enlace correcto: https://www.te.gob.mx/Informacion_juridiccional/sesion_publica/ejecutoria/sentencias/SUP-JDC-0352-2018.pdf
Marcelo Montie… (no verificado)
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Democracia, TEPJF, Elecciones, Derechos Humanos, Personas en Prisión Preventiva
La prisión preventiva como medida cautelar no debe restringir ningún derecho humano de la persona toda vez que aun se encuentra en proceso el caso del imputado y por ende, protegido por el principio de Presunción de la Inocencia. Ante esta situación el estado mexicano debe garantizar y tutelar el derecho de la persona, y el Instituto llevar a cabo las acciones necesarias con el poder judicial para delinear lineamientos que permitan en tiempo y forma aplicar mecanismos que faciliten información a quienes se encuentren en tal situación para poder participar ya sea votando o ser votado. La prueba piloto que se llevó a cabo en las elecciones intermedias del 2021 sin duda deben ser sometidas a un ambicioso estudio que de líneas claras de acción a implementarse en el PEF y L del 2024.
MA DE LOURDES … (no verificado)
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Es todo un reto el que participen los ciudadanos, si las personas que gozan de su libertad no lo hacen, en prisión preventiva es más complicado.

Juan Carbajal Díaz (no verificado)
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Un análisis que, sin duda refleja la dilación en los procesos de participación de justicia en este país, que violentan de sobremanera los derechos político-electorales de las personas, el programa piloto, considero, debió abarcar una muestra más amplia, esperemos que en el informe se den a conocer las modalidades bajo las cuales estas personas podrán votar y estar en plenitud del ejercicio de sus derechos, que por este tipo de causas no pueden ser lacerados. Será pues, un reto para esta gran institución el designar funcionarios de casilla, capacitarlos para que puedan instalar las casillas en loas centros penitenciarios, ver de que manera se contará con un posible SICCE para poder identificar en lista nominal a estos ciudadanos y que sus votos puedan ser efectivamente contados en la elección de la figura a la que tengan derecho a elegir.
Para finalizar, es preciso aclarar que en los últimos años se ha tenido un avance sustancial en la aplicación y protección de los derechos político electorales de las personas.
Marcela Bobadi… (no verificado)
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Sin duda se trata de un tema controvertido en el que no existen experiencias previas en México y quizás en casi ningún país del Mundo, cuya puesta en marcha va más allá de garantizar los derechos políticos de las personas en condiciones de reclusión preventiva, a través del voto, pues me parece que implica también la garantía de un ejercicio informado, en el marco de una cultura democrática.
Oscar Enrique … (no verificado)
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El INE tendrá que preparase para este nuevo reto "la posibilidad de que puedan ejercer el voto 92 000 ciudadanos mas que se encuentran en prisión preventiva" para el 2024, y no solo eso sino que se tiene que preparar el terreno para que estos ciudadanos ejerzan libertad plena de votar, es decir votar en todas las elecciones ya que es parte este proceso de la inclusión, y es ahí donde se tiene que tomar una decisión importante de parte del INE y amplificar el modelo. armar estrategias colaborativas con autoridades penitenciarias para poder desarrollar procedimientos que permitan fortalecer el ejercicio del sufragio.
Leticia Bustos… (no verificado)
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Resulta bastante difícil emitir una opinión, cuando las mismas instituciones electorales aún no tienen una definición del procedimiento, sin embargo, considero importante mencionar que ya de por si es muy dificultoso enfrentar el tema de la corrupción que impera en nuestro país en todos los niveles de gobierno y en las instancias de impartición de justicia, como para no imaginar las razones por las cuales votó menos de la mitad de las personas que podían hacerlo. Podría haber detrás de este hecho un sinnúmero de razones, pero la que más resuena, es la misma que vimos todos el 10 de Abril pasado: coacción o represión desde las más altas esferas del poder, al INE le corresponde, como Órgano legalmente facultado para organizar las elecciones, posibilitar el voto para todos los que reúnan los requisitos para hacerlo y, las personas en prisión preventiva, que aún están en presunción de inocencia (entre otros requisitos legales) y bajo las condiciones que esta figura tiene en nuestro país, son portadoras del derecho a la participación electoral, aunque esto no les reste el miedo que también portan sobre los resultados de su sentencia definitiva; es decir, seguimos en las mismas. Esperaremos que el tiempo que falta para la elección del 2024, de claridad a los responsables de esta tarea, para crear las condiciones que garanticen el voto libre de estas personas.
Marina Sandova… (no verificado)
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Resulta interesante -además de justo- la implementación del voto de ciudadanos en la situación descrita, toda vez que, efectivamente, la presunción de inocencia (reconocida como un derecho humano en el artículo 11, numeral 1 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos) debe bastar para que queden a salvo sus derechos políticos - electorales, especialmente el derecho a votar en tanto no reciban sentencia definitiva que los señale como culpables.

Es necesario implementar las acciones necesarias para que en el próximo proceso federal de 2024 existan las condiciones idóneas para que todos los ciudadanos mexicanos en el supuesto descrito tengan la garantía de ejercer su voto si así lo desean; aunado a la logística en materia de organización que ello supone, es conveniente una campaña informativa que llegue a la población que nos ocupa.

El ejercicio del voto está considerado como un derecho humano y por ende, este debe garantizarse en todas las formas posibles.
María Eustolia… (no verificado)
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En relación a la sentencia del tribunal y a que el INE lleve a cabo lo necesario para darle el sustento legal al procedimiento, para facilitar el voto de las personas privadas de la libertad; es una gran iniciativa que favorece a una postura incluyente de parte de las Instituciones electorales, sin embargo, también hay que considerar que la participación del voto a través de una boleta física se vuelve compleja, y la prueba piloto podría no mostrar la realidad de lo que significa abarcar los penales, tanto federales como locales, situación que además lleva un costo monetario implícito y en donde ya con la prueba piloto quedo constancia del nivel de abstencionismo, o también de la indiferencia de la población objetivo. Ciertamente que para INE es importante ser incluyente, pero también muy valioso que no se discrimine, y si se privilegie la igualdad y la equidad para la participación de las personas en prisión preventiva.