Pasar al contenido principal
Rosalinda Lópe… (no verificado)
Tema(s):
Democracia, TEPJF, Elecciones, Derechos Humanos, Personas en Prisión Preventiva
El INE ha dado pasos encaminados a reconocer el derecho universal del voto de las personas que se encuentran en prisión preventiva y que no han sido sentenciadas al establecer esta prueba piloto. Como lo vimos en el artículo, estas personas cumplieron con los requisitos para poder votar, esto es, contar con credencial para votar y estar en una listado nominal específico, seguramente deberá de ampliarse la cobertura a las prisiones estatales, pero, ¿Cómo asegurar que las personas cuenten con su credencial para votar?, en ocasiones me ha tocado observar que acuden jóvenes que se encuentran en prisión a los módulos de atención ciudadana, por supuesto, debidamente custodiados. ¿Qué podemos hacer como Institución para garantizar que las personas puedan acceder a realizar estos trámites?. A mi parecer es una tarea pendiente.
Alejandra Alva… (no verificado)
Tema(s):
Democracia, TEPJF, Elecciones, Derechos Humanos, Personas en Prisión Preventiva
El 3 de junio de 2021, fecha en la que la autora Ximena Medellin publica "el voto en prisión preventiva es una realidad… al menos en una prueba piloto de 2021", manifiesta que aun no se cuenta aún con un informe del INE en que se analice la prueba. El Informe final de la prueba piloto del
Voto de las PPP es rendido en agosto de 2021, los requisitos solicitados a las PPP son entre otros, encontrarse inscrita o inscrito en la Lista Nominal de Electores, es decir, tener o haber tenido en algún momento la Credencial para Votar, considero este requisito un impedimento inicial y excluyente, porque en los Lineamientos para la conformación de la LNEPPP para el Proceso Electoral Federal 2020-2021 no se consideraron actividades de empadronamiento y credencialización, debe tomarse en cuenta que no todas las PPP tuvieron Credencial para Votar, toda vez que algunas de ellas no se encontraban registradas en el Padrón Electoral y Lista Nominal de Electores, porque en su ingreso a prisión preventiva eran menores de edad, o estaban dados de baja de los instrumentos electorales.
Cándido Jiméne… (no verificado)
Tema(s):
Democracia, TEPJF, Elecciones, Derechos Humanos, Personas en Prisión Preventiva
Considero que, se debe privilegiar la obtención del análisis de los resultados de la elección de 2021, y establecer un sistema eficaz para que las personas que se encuentran en prisión preventiva puedan emitir su voto, pero no solo los que se encuentran en prisiones federales, sino también en las prisiones locales
Katia Miroslav… (no verificado)
Tema(s):
Democracia, TEPJF, Elecciones, Derechos Humanos, Personas en Prisión Preventiva
El tema del derecho a votar en condiciones de detención preventiva, amplía el panorama del ejercicio de los derechos humanos, puesto que el principio de presunción de inocencia respalda el mantener los derechos políticos y sociales vigentes. Una de las grandes dificultades que se enfentará por parte de los votantes, es que tengan las condiciones para ejercerlo de manera libre, y es aquí donde la tarea de la autoridad electoral se ve necesaria y debe plantearse de forma correcta, para el ejercicio propuesto.
Pedro Trinidad… (no verificado)
Tema(s):
Democracia, TEPJF, Elecciones, Derechos Humanos, Personas en Prisión Preventiva
El derecho a votar de las personas en prisión preventiva.
Para iniciar este comentario considero que es importante tener presente las características del voto en México, por ejemplo su universalidad, además que es directo e intransferible entre otros. Por otra parte, recordar también que para el ejercicio del voto se debe contar con la ciudadanía mexicana de acuerdo con el artículo 34 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM), y además, por el artículo 35 de la propia constitución que establece el derecho a votar de las y los ciudadanos mexicanos.
Cabe así mismo, reconocer que el artículo 38 de la Carta Magna establece las razones por las cuales los derechos o prerrogativas de los ciudadanos se suspenden, y en el párrafo II del mismo artículo establece: "Por estar sujeto a un proceso criminal por delito que merezca pena corporal a contar desde la fecha del auto de formal prisión". Hasta aquí pareciera que las personas que se encuentran en prisión preventiva, aun sin haber sido sentenciadas, no tendrían derecho al voto, "no obstante, la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) sostuvo que las personas sujetas a prisión preventiva (sea justificada u oficiosa) tienen derecho a ejercer el voto activo, al estar amparadas por el principio de presunción de inocencia". En este sentido y considerando el "principio de presunción de inocencia" enunciado por la Sala Superior del TEPJF, y dado el contexto de la aplicación de la justicia en México, en donde existe un alto porcentaje de personas en espera de una sentencia (44.43%) del total de personas en prisión, considero que efectivamente las personas en prisión preventiva merecen ejercer su derecho al voto tanto en el orden federal como en el local, debido entre otras cosas a la lentitud con la que se desempeña el poder judicial no solamente en los delitos que merecen pena corporal sino también en otros de orden mercantil o civil.
Ricardo Alonso… (no verificado)
Tema(s):
Democracia, TEPJF, Elecciones, Derechos Humanos, Personas en Prisión Preventiva
el programa piloto fue el primer avance en la ampliación de derechos políticos a las personas con prisión preventiva, porque solo en centros federales? para evitar en lo posible el factor político que pueda obstaculizar el ejercicio en centros estatales.
porque participo menos del 50% del electorado en cuestión? si a la población ordinaria el tema de política no le parece interesante o importante, es posible que al publico objetivo tenga otros asuntos mas importantes para ellos, o ciertos rencores sociales (esto sujeto a estudio) sin embargo la libertad o no de ejercer un derecho se confunde con la libertad de elección.
el tema y sus particularidades debe ser impulsado por los propios afectados para que gane fuerza y valoren estos derechos.
las condiciones de seguridad de la mayoría de los centros penitenciarios del pais, no garantizan ejercicios democráticos confiables
la presunción de inocencia es un mito en este pais, así como la rehabilitación, o la inmediatez o los procesos expeditos, lo cual ocasiona un gran numero de población en vulnerabilidad
Luis Manuel Ga… (no verificado)
Tema(s):
Democracia, TEPJF, Elecciones, Derechos Humanos, Personas en Prisión Preventiva
La iniciativa observa un progreso positivo en derechos humanos y electorales, aún tomando en cuenta las dificultades para su ejercicio y aplicación. El voto, desde mi punto de vista,no se debe entender nada más a una práctica de democracia (de elegir) en sí misma, sino que también, a un ejercicio pleno de igualdad. Por lo que considero que sufragar es como la ciudadanía (calidad), sin mediar discusión alguna sobre su situación, tenga el derecho a pleno al ejercicio de participar, sin discriminación, en los asuntos públicos de una sociedad.
Marcelo montie… (no verificado)
Tema(s):
Democracia, TEPJF, Elecciones, Derechos Humanos, Personas en Prisión Preventiva
El voto de las y los ciudadanos que se encuentran en prisión preventiva y que por ese solo hecho aun conservan con integridad sus derechos humanos al ser beneficiados por el Principio de presunción de inocencia, había pasado desapercibido o no se había visibilizado, afortunadamente todas las cosas tienen su tiempo. Con la resolución del TEPJF la participación mediante el voto pasivo y/o activo proyectado para su ejercicio, por primera vez en la elección federal del 2024 dará inicio una etapa más del reconocimiento del derecho de participar por parte de quienes aun no reciben una sentencia en firme que sea condenatoria. Esta medida se entiende a todas y todos los ciudadanos que se encuentran en esta condición.
Claudia Aranda… (no verificado)
Tema(s):
Democracia, TEPJF, Elecciones, Derechos Humanos, Personas en Prisión Preventiva
Al ser un programa piloto resulta fundamental contar con un informe detallado del mismo, y así poder conocer, analizar e identificar todos los aspectos a considerar y mejorar con la finalidad de asegurar el voto de las personas en prisión preventiva en el año 2024. Además, al ser una prueba piloto, definitivamente, era importante haber considerado tanto centros de reclusión federal, como centros de reclusión local, a fin de poder contar con la mayor información posible de las condiciones personales e instituciónelas que prevalecen en el sistema penitenciario mexicano.
Benjamín Colín… (no verificado)
Tema(s):
Democracia, TEPJF, Elecciones, Derechos Humanos, Personas en Prisión Preventiva
México forma es parte de un gran número de tratados internacionales, muchos de ellos orientados a la protección de los Derechos Humanos, y si bien es cierto, forman parte del cuerpo normativo y son vigentes, también es cierto que muchos de estos tratados no están armonizados con las leyes locales y/o federales.

Esta falta de armonización deriva en que se cometan actos que violentan los Derechos Humanos lo cual resulta, desde mi opinión, sumamente grave.

La prisión preventiva, coincido con la autora, ha tenido la función de someter a los presuntos culpables (recordemos que no hay sentencia firme que declare la culpabilidad o la inocencia del sujeto), ello tiene como consecuencia que las autoridades jurisdiccionales, atenten contra los principios fundamentales a que se tiene derecho las personas.

Las estadísticas con relación a la proporción de personas en condición de presunta inocencia revelan un problema mucho más profundo, la Justicia es estos casos no es expedita y no es pronta. Para conocer la lentitud con la que se desarrolla la causa penal hasta llegar a la fase de sentencia, habría que analizar el tiempo que ha transcurrido la persona al interior de los centros de readaptación social en la calidad de prisión preventiva. Quizás eso nos pueda ampliar la perspectiva sobre la pertinencia de acelerar la implementación del voto al interior de los centros de readaptación social y nos pueda revelar lamentablemente, el largo periodo que se han violentado los derechos humanos de las personas que no reciben una sentencia, pero que se encuentran impedidos para ejercer otros derechos, como lo es el voto.