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Gerardo Zamora Pérez (no verificado)
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Democracia, TEPJF, Elecciones, Derechos Humanos, Personas en Prisión Preventiva
Como resultado del análisis de la publicación del "Voto en prisión preventiva es una realidad… al menos en una prueba piloto de 2021", aprobado mediante el acuerdo número INE/CG151/2021 del Consejo General del INE; se visualiza como un gran reto institucional para su implementación en el Proceso Electoral Federal 2024. Y es que el Instituto debe garantizar la protección de este derecho establecido en el artículo 20 apartado B) inciso I) de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Hugo López Tlapale (no verificado)
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Democracia, TEPJF, Elecciones, Derechos Humanos, Personas en Prisión Preventiva
Derivado de la sentencia del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, en que se ordena al INE dentro del ámbito de su competencia, que para el año 2024 deberá adoptar las medidas necesarias para que puedan votar las personas que se encuentren en prisión preventiva. Esto representó salvaguardar al máximo los derechos político electorales de los ciudadanos, es un acto jurídico de enorme importancia, por que se garantiza el derecho a votar a estos ciudadanos al amparo de la presunción de inocencia. Ante esto, realizo una prueba piloto en el año 2021, en 5 centros de reclusión federal. El reto será para el año 2024, dado el numero considerable de población en reclusorios federales y locales que tienen prisión preventiva. La logística operativa sera enorme en materia de capacitación electoral, de organización electoral y en materia registral. Esta modalidad, también mostrará una realidad de lo que pasa en el Sistema de Justicia Penal del País, una población enorme de ciudadanos recluidos con prisión preventiva, ciudadanos sin sentencia definitiva y teniendo años de reclusión.
Julio Cesar Fe… (no verificado)
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Democracia, TEPJF, Elecciones, Derechos Humanos, Personas en Prisión Preventiva
Considero necesario contar con más información sobre los aspectos técnicos y el análisis realizado por el instituto para formar o emitir una más completa opinión, ya que de lo contrario queda a especulaciones del porqué se realizó así la prueba piloto.
Ariel Villegas… (no verificado)
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Democracia, TEPJF, Elecciones, Derechos Humanos, Personas en Prisión Preventiva
En el voto de los Ciudadanos en prisión me parece que no se garantizan en su totalidad los derechos políticos, en México, el derecho electoral se regula desde la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM): el artículo 35 reconoce los derechos fundamentales de los ciudadanos mexicanos, tales como el derecho a votar, ser votado y de asociación. Por lo tanto no se han garantizado en su totalidad los derechos políticos de los ciudadanos que se encuentran en Prisión, como es ser votado y estar en asociación.
La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) sostuvo que las personas sujetas a prisión preventiva (sea justificada u oficiosa) tienen derecho a ejercer el voto activo, al estar amparadas por el principio de presunción de inocencia, por lo tanto como se marca en el articulo 13 de la CPEUM, el cual de manera particular es un derecho humano.
Me parece que algunos retos institucionales para el INE en el siguiente proceso electoral, es el de desarrollar e implementar un procedimiento para que todas las personas que se encuentran en estos supuestos puedan votar, puedan ser votados como candidatos a algún puesto de elección popular y en su caso al de asociarse libremente. El INE debe de realizar trabajos extraordinarios para poder cumplir con los derechos políticos en su totalidad de los ciudadanos en prisión.
Claudio Raúl M… (no verificado)
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Democracia, TEPJF, Elecciones, Derechos Humanos, Personas en Prisión Preventiva
Los tratados internacionales de los que México es firmante establecen el derecho a votar y ser votado , al voto libre y secreto yla presunción de inocencia de los ciudadanos/as mientras no se demuestre lo contrario, sin embargo, el hecho de caer en prisión aunque no estes jusgados se quitaba en automativo el derecho a votar o ser votado; La CPEUM en el articulo otorga en el articulo 1 la protección de los derechos humanos por igual a todos los ciudadanos/as y en el art. 14 se menciona el derecho de la presunción de inocencia. Sin embargo, las personas en prisión que no se ha demostratado su culpabilidad en algún delito, el INE acordo la elección de 2021 el que pudisesen votar a manera de prueba piloto un grupo de presidiarios no sentenciados; se aparobo una lista nominal y casillas en algunas prisiones.
Claudio Raúl M… (no verificado)
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Democracia, TEPJF, Elecciones, Derechos Humanos, Personas en Prisión Preventiva
Los tratados internacionales de los que México es firmante establecen el derecho a votar y ser votado , al voto libre y secreto yla presunción de inocencia de los ciudadanos/as mientras no se demuestre lo contrario, sin embargo, el hecho de caer en prisión aunque no estes jusgados se quitaba en automativo el derecho a votar o ser votado; La CPEUM en el articulo otorga en el articulo 1 la protección de los derechos humanos por igual a todos los ciudadanos/as y en el art. 14 se menciona el derecho de la presunción de inocencia. Sin embargo, las personas en prisión que no se ha demostratado su culpabilidad en algún delito, el INE acordo la elección de 2021 el que pudisesen votar a manera de prueba piloto un grupo de presidiarios no sentenciados; se aparobo una lista nominal y casillas en algunas prisiones.
Claudio Raúl M… (no verificado)
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Democracia, TEPJF, Elecciones, Derechos Humanos, Personas en Prisión Preventiva
Los tratados internacionales de los que México es firmante establecen el derecho a votar y ser votado , al voto libre y secreto yla presunción de inocencia de los ciudadanos/as mientras no se demuestre lo contrario, sin embargo, el hecho de caer en prisión aunque no estes jusgados se quitaba en automativo el derecho a votar o ser votado; La CPEUM en el articulo otorga en el articulo 1 la protección de los derechos humanos por igual a todos los ciudadanos/as y en el art. 14 se menciona el derecho de la presunción de inocencia. Sin embargo, las personas en prisión que no se ha demostratado su culpabilidad en algún delito, el INE acordo la elección de 2021 el que pudisesen votar a manera de prueba piloto un grupo de presidiarios no sentenciados; se aparobo una lista nominal y casillas en algunas prisiones.
Jesús Evaristo… (no verificado)
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Democracia, TEPJF, Elecciones, Derechos Humanos, Personas en Prisión Preventiva
La progresividad de los derechos humanos podemos dividirla en dos partes: es gradual y tiende a mejorar. Un buen ejemplo es el voto de las personas en prisión preventiva. Es gradual porque ya se realizó una prueba piloto en la que ejercieron su derecho al sufragio un número parcial de las personas que tienen derecho a ejercerlo; el Instituto continuará realizando programas de prueba cada vez más amplios hasta lograr la meta de que en 2024 voten todas las personas en esta condición. Tiende a mejorar porque no hay marcha atrás, si anteriormente se consideraba que las personas en prisión preventiva no tenían derecho al voto. el propósito es que en las elecciones de 2024 se haga extensivo a todas las personas, que estando privadas de su libertad, no hayan recibido sentencia condenatoria por un juez. No obstante, este derecho al voto debe acompañarse de medidas que permitan a las personas en prisión preventiva. desde por tramitar su documento de identidad hasta conocer las ofertas políticas de los partidos políticos y candidatos para ejercer un voto razonado.
Raymundo Arzab… (no verificado)
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Democracia, TEPJF, Elecciones, Derechos Humanos, Personas en Prisión Preventiva
El Instituto Nacional Electoral no ha garantizado el derecho al voto de los ciudadanos en prisión preventiva en virtud de que no se encontraba definido normativamente. Por ese motivo la Sala Superior del TEPJF emitió las sentencias SUP-JDC-325/2018 y SUP-JDC-353/2018 acumulada, presentadas por dos ciudadanos de grupos étnicos Tsotsiles, en el marco de los derechos humanos y de la propia democracia, según la Sala Superior del TEPJF determinó que las personas en prisión que no han sido sentenciadas tienen derecho a votar porque se encuentran amparadas bajo la presunción de inocencia el cual es un derecho humano. En este sentido el referido órgano jurisdiccional electoral considero que el Instituto tiene la obligación de dictar las medidas y lineamientos a efecto de que el voto de personas en prisión preventiva sea materialmente posible.

Uno de los principales retos es el de garantizar el derecho a votar bajo el principio de presunción de inocencia de las personas en prisión preventiva; además considero que de igual forma es importante llevar a cabo el empadronamiento y la lista nominal de electores en prisión preventiva, ya que se tiene que garantizar el derecho de voto. Según se pudo observar en los resultados de la prueba piloto del 2021, hubo ciudadanos que no fueron incluidos debido a que cuando ingresaron al CEFERESO aún eran menores de edad y por tal motivo no estaban registrados en el padrón electoral, los que causaron baja por pérdida de vigencia y no pudieron reemplazar su credencial para votar por estar en prisión preventiva. Finalmente, otro reto importante es establecer un acuerdo con las autoridades de los Centros de Readaptación para que faciliten las actividades del Instituto y brindar garantías en el interior de estos.
Sotero Sobrevi… (no verificado)
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Democracia, TEPJF, Elecciones, Derechos Humanos, Personas en Prisión Preventiva
Enuncia los derechos político-electorales que no se garantizaron por parte del Instituto Nacional Electoral y explica las razones.

Después de la lectura realizada, se pudiera considerar que fue el derecho a votar, ya que este como bien se menciona a un no se puede considerar su presunta culpabilidad.

De la lectura del caso, consideras que, ¿es un derecho humano la presunción de inocencia?



Desde tu perspectiva como persona miembro del Servicio Profesional Electoral Nacional, ¿Cuáles son los principales retos institucionales para el siguiente proceso electoral?

De conformidad a la nueva Distritación sería la conformación de las mesas directivas de casilla, así como la capacitación a la ciudadanía, que cada vez es más complicado que esta participe en cada unos de los Procesos Electorales.