JUAN ANTONIO H… (no verificado)
Tema(s):
Democracia, TEPJF, Elecciones, Derechos Humanos, Personas en Prisión Preventiva
EL PRINCIPIO DE PRESUNCIÓN DE INOCENCIA GARANTIZA Y SALVAGUARDA LOS DERECHOS POLÍTICO ELECTORALES A CIUDADANOS EN PRISIÓN PREVENTIVA, YA QUE, JURÍDICAMENTE NO HA RECAIDO NINGUNA SENTENCIA, POR LA CUAL LE DEBAN SER SUSPENDIDOS; ES UN ACIERTO DEL TEPJ QUE INDIQUE AL INE LA FORMA DE ASEGURAR QUE DICHOS CIUDADANOS PUEDAN EJERCER SUS DERECHOS, Y QUE SE GENEREN LAS HERRAMIENTAS NORMATIVAS, METODOLÓGICAS Y TÉCNICAS, PARA QUE EL DERECHO AL VOTO SE PLASME EN REALIDAD DE JUSTICIA E IGUALDAD DEMOCRATICA.
Isabel Nohemí … (no verificado)
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Democracia, TEPJF, Elecciones, Derechos Humanos, Personas en Prisión Preventiva
Conservar el derecho a votar cuando se tiene prisión preventiva es cumplir con lo que mandata el artículo 1 de nuestra constitución, según la Suprema Corte de Justicia de la nación: todas las autoridades, en el ámbito de sus competencias, tienen la obligación de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos de conformidad a los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad. Por lo buscar mecanismos que permitan votar a personas que no tienen una sentencia es parte de reconocimiento de un derecho político electoral.
Cinthya Lonngi… (no verificado)
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Democracia, TEPJF, Elecciones, Derechos Humanos, Personas en Prisión Preventiva
El reto que se tiene de cara a las próximas elecciones federales no es menor considerando la problemática social por la que atraviesa el país en la actualidad (inseguridad, pandemia, economía, etc..). Sin embargo, estoy cierta en que el Instituto cuenta con personal calificado y con amplia experiencia para enfrentar el siguiente reto, siempre con apego a los principios rectores, el código de ética y nuestra Carta Magna.
Maximino Mora… (no verificado)
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Democracia, TEPJF, Elecciones, Derechos Humanos, Personas en Prisión Preventiva
Derechos político-Electorales que no se garantizaron por parte del INE y explica las razones.
Violaciones al artículo 1° Constitucional, el cual establece que todas las personas gozaran de los derechos humanos, quedando prohibida toda discriminación motivada por origen étnico o nacional, el género, la edad, las discapacidades, la condición social, las condiciones de salud, la religión etc
Así mismo la violación de los derechos de votar y ser votado en las elecciones populares, de asociarse individualmente y libremente para tomar parte en forma pacífica de los asuntos políticos y de afiliación libre e individual a los partidos políticos y demás establecidos en los artículos 30 y 35 de la Constitución .
Las razones: considero que la mayoría de los casos los ciudadanos contaban con credencial para votar y que el Instituto al momento de recibir por escrito por parte de los jueces la notificación de resoluciones que decreten la suspensión o pérdida de derechos políticos, el Instituto por ley procede a dar de baja la credencial y de la lista nominal de electores, hasta en tanto de nueva cuenta el juez notifique la rehabilitación de sus derechos político electorales.
¿Es un derecho humano la presunción de inocencia?
Considero que sí, ya que toda persona acusada de delito tiene derecho a que se presuma su inocencia mientras no se pruebe su culpabilidad, conforme a la ley y en juicio público en el que se le hayan asegurado todas las garantías necesarias para su defensa.
Retos para el siguiente proceso electoral
Continuar participando en la vida democrática del país, bajo los principios rectores establecidos por la Institución
En cuanto a derechos humanos brindar más apoyo a las comunidades indígenas acercando los instrumentos de captación de tramites a jóvenes que adquieren la mayoría de edad y personas de grupos vulnerables y su difusión mediante
Mantener actualizados y depurados el Padrón Electoral y la Lista Nominal de Electores de manera permanente y sobre todo respetando los derechos humanos de todas las personas, sin distinción de raza, género y discriminación alguna.
Violaciones al artículo 1° Constitucional, el cual establece que todas las personas gozaran de los derechos humanos, quedando prohibida toda discriminación motivada por origen étnico o nacional, el género, la edad, las discapacidades, la condición social, las condiciones de salud, la religión etc
Así mismo la violación de los derechos de votar y ser votado en las elecciones populares, de asociarse individualmente y libremente para tomar parte en forma pacífica de los asuntos políticos y de afiliación libre e individual a los partidos políticos y demás establecidos en los artículos 30 y 35 de la Constitución .
Las razones: considero que la mayoría de los casos los ciudadanos contaban con credencial para votar y que el Instituto al momento de recibir por escrito por parte de los jueces la notificación de resoluciones que decreten la suspensión o pérdida de derechos políticos, el Instituto por ley procede a dar de baja la credencial y de la lista nominal de electores, hasta en tanto de nueva cuenta el juez notifique la rehabilitación de sus derechos político electorales.
¿Es un derecho humano la presunción de inocencia?
Considero que sí, ya que toda persona acusada de delito tiene derecho a que se presuma su inocencia mientras no se pruebe su culpabilidad, conforme a la ley y en juicio público en el que se le hayan asegurado todas las garantías necesarias para su defensa.
Retos para el siguiente proceso electoral
Continuar participando en la vida democrática del país, bajo los principios rectores establecidos por la Institución
En cuanto a derechos humanos brindar más apoyo a las comunidades indígenas acercando los instrumentos de captación de tramites a jóvenes que adquieren la mayoría de edad y personas de grupos vulnerables y su difusión mediante
Mantener actualizados y depurados el Padrón Electoral y la Lista Nominal de Electores de manera permanente y sobre todo respetando los derechos humanos de todas las personas, sin distinción de raza, género y discriminación alguna.
María Antoniet… (no verificado)
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Democracia, TEPJF, Elecciones, Derechos Humanos, Personas en Prisión Preventiva
Considero que si se ha violentado el derecho a votar de las personas que están en prisión preventiva, me parece que es discriminación y se viola el derecho constitucional de los ciudadanos de votar en las elecciones populares, es un reto para el INE que en el año 2024 se considere la implementación del voto de las personas en prisión, que no dudo que con el profesionalismo del instituto se llevará a cabo.
Gilberto Rolan… (no verificado)
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Democracia, TEPJF, Elecciones, Derechos Humanos, Personas en Prisión Preventiva
Es un tema sin lugar a dudas muy interesante en donde se debe hacer valer el derecho ciudadano, ya que en la prisión preventiva aún no se comprueba la comisión del delito, por tal motivo se me hace muy correcto lo que determino el Tribunal Electoral del Poder Judicial. El reto de la Institución, es establecer los lineamientos y la logística que le permita la aplicación de derecho por mencionar :
- Que los procesos de inscripción a la Lista Nominal de Electores en Prisión Preventiva se lleven a cabo con tiempo.
- Establecer la perfecta secrecía en la votación para evitar coacción o repesarías de las personas que se encuentren en esta posición.
- Que la votación contemple todos los cargos.
- Se considere los Centros Federales de Readaptación (CEFERESOS) y, los Centros de Reinserción Social (ESTATALES ).
La prueba piloto solo contempló los CEFERESOS y la respuesta estuvo por debajo de un 50% , por lo que es de considerar que nos quedamos cortos en la participación. Esto pudo pudo ser por desconocimiento o falta de difusión , situaciones que debemos investigar y corregir.
- Que los procesos de inscripción a la Lista Nominal de Electores en Prisión Preventiva se lleven a cabo con tiempo.
- Establecer la perfecta secrecía en la votación para evitar coacción o repesarías de las personas que se encuentren en esta posición.
- Que la votación contemple todos los cargos.
- Se considere los Centros Federales de Readaptación (CEFERESOS) y, los Centros de Reinserción Social (ESTATALES ).
La prueba piloto solo contempló los CEFERESOS y la respuesta estuvo por debajo de un 50% , por lo que es de considerar que nos quedamos cortos en la participación. Esto pudo pudo ser por desconocimiento o falta de difusión , situaciones que debemos investigar y corregir.
Moisés Acosta … (no verificado)
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Democracia, TEPJF, Elecciones, Derechos Humanos, Personas en Prisión Preventiva
La implementación del voto para personas en prisión preventiva piloteado por el ine en las elecciones del 2021, fue un ejercicio inédito, el cual nos permitió conocer un procedimiento establecido no ordinario dentro de la organización de las elecciones y en particular la participación de personas e prisión amparadas por el principio de presunción de inocencia.
Desde mi punto de vista, este primer intento "plan piloto" que se desarrollo durante el PE2021, como primer intento fue interesante, sin embargo en cuanto a los resultados, me parece que no fueron lo esperado, la participación de personas en prisión preventiva fue mínima, al menos en la entidad donde se encuentra el distrito al que pertenezco, por lo que se tendrá que realizar quizás un estudio y/o un análisis mas a fondo con esta población en las penitenciarías para conocer y atender sus condiciones sociales, físicas y de derechos humanos a efecto de poder motivar su participación de manera activa en las elecciones.
Desde mi punto de vista, este primer intento "plan piloto" que se desarrollo durante el PE2021, como primer intento fue interesante, sin embargo en cuanto a los resultados, me parece que no fueron lo esperado, la participación de personas en prisión preventiva fue mínima, al menos en la entidad donde se encuentra el distrito al que pertenezco, por lo que se tendrá que realizar quizás un estudio y/o un análisis mas a fondo con esta población en las penitenciarías para conocer y atender sus condiciones sociales, físicas y de derechos humanos a efecto de poder motivar su participación de manera activa en las elecciones.
Moisés Acosta … (no verificado)
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Democracia, TEPJF, Elecciones, Derechos Humanos, Personas en Prisión Preventiva
La implementación del voto para personas en prisión preventiva piloteado por el ine en las elecciones del 2021, fue un ejercicio inédito, el cual nos permitió conocer un procedimiento establecido no ordinario dentro de la organización de las elecciones y en particular la participación de personas e prisión amparadas por el principio de presunción de inocencia.
Desde mi punto de vista, este primer intento "plan piloto" que se desarrollo durante el PE2021, como primer intento fue interesante, sin embargo en cuanto a los resultados, me parece que no fueron lo esperado, la participación de personas en prisión preventiva fue mínima, al menos en la entidad donde se encuentra el distrito al que pertenezco, por lo que se tendrá que realizar quizás un estudio y/o un análisis mas a fondo con esta población en las penitenciarías para conocer y atender sus condiciones sociales, físicas y de derechos humanos a efecto de poder motivar su participación de manera activa en las elecciones.
Desde mi punto de vista, este primer intento "plan piloto" que se desarrollo durante el PE2021, como primer intento fue interesante, sin embargo en cuanto a los resultados, me parece que no fueron lo esperado, la participación de personas en prisión preventiva fue mínima, al menos en la entidad donde se encuentra el distrito al que pertenezco, por lo que se tendrá que realizar quizás un estudio y/o un análisis mas a fondo con esta población en las penitenciarías para conocer y atender sus condiciones sociales, físicas y de derechos humanos a efecto de poder motivar su participación de manera activa en las elecciones.
Moisés Acosta … (no verificado)
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Democracia, TEPJF, Elecciones, Derechos Humanos, Personas en Prisión Preventiva
La implementación del voto para personas en prisión preventiva piloteado por el ine en las elecciones del 2021, fue un ejercicio inédito, el cual nos permitió conocer un procedimiento establecido no ordinario dentro de la organización de las elecciones y en particular la participación de personas e prisión amparadas por el principio de presunción de inocencia.
Desde mi punto de vista, este primer intento "plan piloto" que se desarrollo durante el PE2021, como primer intento fue interesante, sin embargo en cuanto a los resultados, me parece que no fueron lo esperado, la participación de personas en prisión preventiva fue mínima, al menos en la entidad donde se encuentra el distrito al que pertenezco, por lo que se tendrá que realizar quizás un estudio y/o un análisis mas a fondo con esta población en las penitenciarías para conocer y atender sus condiciones sociales, físicas y de derechos humanos a efecto de poder motivar su participación de manera activa en las elecciones.
Desde mi punto de vista, este primer intento "plan piloto" que se desarrollo durante el PE2021, como primer intento fue interesante, sin embargo en cuanto a los resultados, me parece que no fueron lo esperado, la participación de personas en prisión preventiva fue mínima, al menos en la entidad donde se encuentra el distrito al que pertenezco, por lo que se tendrá que realizar quizás un estudio y/o un análisis mas a fondo con esta población en las penitenciarías para conocer y atender sus condiciones sociales, físicas y de derechos humanos a efecto de poder motivar su participación de manera activa en las elecciones.
Oscar Dario Ca… (no verificado)
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Democracia, TEPJF, Elecciones, Derechos Humanos, Personas en Prisión Preventiva
Las causas de suspensión de los derechos políticos electorales se encuentra establecidas en el artículo 38 de la Constitución Política Federal. Así mismo, los derechos políticos electorales de votar y ser votado se establecen en el Art. 35 de dicha ley suprema. Ahora bien, quienes tienen la calidad de ciudadanos son las personas mayores de 18 años y que gozan de un modo honesto de vivir. (Art. 34). Partiendo de lo que establece la Constitución, al otorgar derechos políticos a las personas privadas de la libertad, se trata de garantizar estos derechos como humanos, anteponiendo lo que establece la misma Constitución y las leyes penales, recordemos que implica no solo votar, sino ser votado lo que debe de garantizar que también pueden ser candidatos a cargos de elección popular, lo que considero un exceso.