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Jose Luis Delg… (no verificado)
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Democracia, Elecciones
Los efectos de las negativas tuvieron dos resultados, el primero y más importante fue mostrar el valor y respeto a las decisiones del INE como árbitro electoral, y, el segundo, la reivindicación del tribunal cuya reputación, imagen y credibilidad se encontraba sumamente afectada ante la sociedad mexicana y tal ves a nivel internacional.
ANTONIO FRANCI… (no verificado)
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Democracia, Elecciones
si se considera valido el efecto de las empresas ENCUESTADORAS, que previo al registro de candidatos, daba por ganador de un amplio margen a un candidato que goza de plena identificación con los potenciales electores, digamos gentes o PAISANOS GUERRERENSES, como es posible que se deje a toda esa gente que ESPONTANEAMENTE habría manifestado franca y abierta inclinación por un personaje, con aciertos y errores, yerros, defectos, y alguna que otra virtud visualizada por quienes habrían de sufragar al momento de enfrentarse ante la casilla, y, propiamente ANTE LA URNA, a este personaje, los CONSEJEROS del arbitro en cuestión, lo quitan de la contienda.
Humberto Escob… (no verificado)
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Democracia, TEPJF, Elecciones, Derechos Humanos, Personas en Prisión Preventiva
buenos días, y solo para preguntar los ciudadanos recluidos en esta situación de presunción de inocencia o sea que aun no reciben una sentencia condenatoria, todavía tienen vigente su derechos, ya que aun están en lista nominal de su sección de su residencia, y si cuentan con su credencial para votar podrán solicitar ejercer su derecho de votar, desde su domicilio actual ( interno en cárcel local o distrital ? ) pregunta también podrán ejercer su derecho de ser votados??????? porque el INE, tendrá que hacer un estudio a detalle de los internos en esta situación para la elección del 2024, de que sección es su domicilio para saber que boletas llevarle o asignarle o mejor dicho a que elección tiene derecho a votar. saludos
Gustavo Vázque… (no verificado)
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Democracia, TEPJF, Elecciones, Derechos Humanos, Personas en Prisión Preventiva
La aplicación de las ley se aleja de los principios fundamentales de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, en particular del articulo 11 y de la propia CPEM en el ejercicio de un juicio justo con garantías para su defensa; sin embargo, para estas personas en prisión preventiva, el INE debe expedirles una credencial de elector con el domicilio donde se encuentran recluidos garantizándoles con ello, su participación en plenitud de sus derechos político-electorales, siendo que no son electores en transito y tampoco se les permite votar en su sección electoral; además, deberá proveerlos de la información necesaria de la contienda electoral en aras de un voto razonado.
Victor Hugo Pa… (no verificado)
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Democracia, TEPJF, Elecciones, Derechos Humanos, Personas en Prisión Preventiva
Sin duda es una forma de garantizar el derecho al voto a las personas en prisión preventiva, sin embargo, será una tarea minuciosa, no solo para la autoridad electoral, sino también para la autoridad penitenciaría, ya que interpretando lo que el texto nos señala, aquellas personas que se encuentran en prisión y que cuentan con sentencia por un delito, pero, tienen procesos vigentes por otro u otros delitos, cometidos incluso dentro de la misma prisión, la llevaría a la suspensión de derechos y no debería estar inscrito en la lista nominal de electores, lo cual, disminuiría el numero de personas que podrían votar en este tipo de ejercicio. Interesante.
Rosa María Cru… (no verificado)
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Democracia, TEPJF, Elecciones, Derechos Humanos, Personas en Prisión Preventiva
Derechos humanos y materia electoral, son dos esferas estrechamente ligadas pero al mismo tiempo representan una gran interrogante y no por el tema de que ejerzan su derecho a votar, más bien, por la falta de comunicación entre las áreas antes mencionadas.- Y decir: "la omisión del INE para garantizar el derecho al voto de las personas privadas de la libertad", es un irresponsabilidad, más bien estamos hablando de una situacióin compartida, porque para el ejercicio de éste dercho y otros nmás, falta el acompañamiento de la ley. Es un área de oportunidad pero siempre con el debido análisis, acompañamiento y asesoría multidisciplinaria.
Isaías López Fonseca (no verificado)
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Democracia, TEPJF, Elecciones, Derechos Humanos, Personas en Prisión Preventiva
En el estado de Morelos se aplicó el programa piloto en el reclusorio femenil de Atlacholoaya (Xochitepec, Mor.), desconozco los resultados, pero si me parece muy interesante que la Sala Superior (TEPJF) en una interpretación evolutiva ordenó al INE adoptar las medidas necesarias, en el ámbito de su competencia, para asegurar el voto de las personas en prisión preventiva que tienen derecho a ejercer el voto activo, al estar amparadas por el principio de presunción de inocencia. Lo anterior impactará los trabajos que realizamos en la vocalía del RFE, pero en lo personal me parece muy acertado el reconocimiento de los derechos humanos de personas que jurídicamente se presumen inocentes.
Araceli Jiméne… (no verificado)
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Democracia, TEPJF, Elecciones, Derechos Humanos, Personas en Prisión Preventiva
Considero que los derechos humanos de las personas en prisión preventiva deben ser garantizados, pues aún no hay una sentencia en su contra. Lo que hay que analizar es si el INE cuenta con los medios necesarios para garantizar ese derecho a todas las personas en esta situación, pues hay diversidad de contextos.
Moisés Mateo E… (no verificado)
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Democracia, TEPJF, Elecciones, Derechos Humanos, Personas en Prisión Preventiva
De conformidad con lo descrito en el texto ‘’El voto en prisión preventiva es una realidad… al menos en una prueba piloto de 2021”, se observa que el derecho político-electoral no garantizado por parte del Instituto Nacional Electoral, en ese momento, fue que las personas en prisión preventiva no pudieran ejercer su derecho de voto activo. La razón, no se contaban con lineamientos que permitieran las actividades dentro de un marco de legalidad en el tema que se trata.

Con apego a lo estipulado en el artículo 133 de la CPEUM, se deja claro que “los tratados internacionales tienen fuerza de ley y son de observancia obligatoria porque forman parte de nuestro sistema jurídico; en esa medida, deben ser cumplidos y aplicados a las personas o todas y todos quienes se encuentren bajo su tutela”. En los diferentes tratados internacionales en los que el Estado Mexicano forma parte, se observa que el principio de presunción de inocencia forma parte de los derechos humanos.

Desde luego, uno de los principales retos que se le presenta al Instituto Nacional Electoral en el próximo PEF 2023-2024, será garantizar el ejercicio del voto activo de las personas en prisión preventiva, además de, buscar mecanismos legales que permitan disminuir el grado de hostilidad y descalificaciones que se generaron con el Proceso de Revocación de Mandato.
Juan Carlos Sá… (no verificado)
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Democracia, TEPJF, Elecciones, Derechos Humanos, Personas en Prisión Preventiva
En el contexto de salvaguardar y promover los derechos humanos, considero que el ejercer el derecho a votar desde prisión preventiva es una atinada decisión del TEPJF; ya que garantizó con resolución el principio progresista de los derechos humanos, corroborando con esto que México se encuentra realizando acciones de vanguardia en este tema. Llama la atención que el origen de todo este despliegue de acciones que esta llevando a cabo el INE, tenga origen en las sentencias de dos Juicios para la Protección de los Derechos Políticos Electorales de los Ciudadanos, muy atinadamente a mi juicio; ya que el garantizar la interpretación evolutiva del art. 38:II constitucional, protege a un numero considerable de votantes tal como lo manifiesta la autora de la lectura "Ximena Medellín Urquiaga", ya que de acuerdo al Cuaderno Mensual de Información Estadística Penitenciaria para marzo de 2021, la población total en situación de cárcel en el país era de 219,117 y que el 44.43% estaban privadas de la libertad sin contar con una sentencia definitiva en su contra. Es importante resaltar que se protegió el principio que ampara la ley de la Presunción de Inocencia. Ahora el reto esta en el INE para poder llevar esto a una realidad igualitaria para todas las personas que se encuentran en esa situación jurídica para la próxima elección de 2024; ya que sin duda será una cantidad considerable de votantes, además de la cantidad se deben hacer esfuerzos para que dichos reclusos se sientan cobijados por la ley y puedan ejercer su voto de manera universal, individual, personal, secreta y libre.